El SDI es tu salario diario más las prestaciones diarias proporcionales. Con salario mensual de MX$15,000 y 3 años de antigüedad, tu salario diario es MX$500 y tu factor de integración es 1.0521, por lo que tu SDI es MX$526.05. Si tu SDI supera MX$2,828.50 (25 UMA), el IMSS aplica ese tope para las cuotas pero no para la liquidación por despido.

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Las cuotas IMSS son estimaciones basadas en las tasas fijas del artículo 106 de la LSS para los ramos de enfermedad y maternidad, invalidez y vida, guarderías, retiro, cesantía y vejez. La cuota de riesgos de trabajo varía según el grado de siniestralidad de cada empresa (prima mínima de 0.50% aplicada aquí). Los valores exactos los determina tu patrón y el IMSS según el registro de tu puesto.

¿Qué es el SDI (Salario Diario Integrado)?

El Salario Diario Integrado (SDI) es la base sobre la que se calculan todas las cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y las aportaciones al Infonavit. Está definido en el artículo 84 de la Ley del Seguro Social como el salario diario que percibe el trabajador más la parte proporcional de las prestaciones otorgadas por el patrón.

En términos simples: tu patrón no solo te paga el salario. También te da aguinaldo, vacaciones y prima vacacional. El IMSS exige que las cuotas se calculen sobre el valor diario equivalente de todas esas prestaciones juntas, no solo sobre tu sueldo base. Por eso el SDI siempre es mayor que tu salario diario.

Fórmula del SDI y el factor de integración

La fórmula que usa la ley para calcular el SDI es:

SDI = salario diario x factor de integración Factor de integración = 1 + (días de aguinaldo / 365) + (prima vacacional x días de vacaciones / 365)

El número 1 representa el salario diario base. La suma del aguinaldo diario proporcional y la prima vacacional diaria proporcional es lo que eleva el factor por encima de 1. Cuantos más años de antigüedad tienes, más días de vacaciones te corresponden por ley, y por lo tanto más alto es el factor.

Factor de integración con prestaciones mínimas de ley por año de antigüedad

Los cálculos siguientes usan 15 días de aguinaldo y 25% de prima vacacional, que son los mínimos del artículo 87 LFT y el artículo 80 LFT respectivamente.

Año 1: 1 + (15/365) + (0.25 x 12/365) = 1 + 0.04110 + 0.00822 = 1.0493 Año 2: 1 + (15/365) + (0.25 x 14/365) = 1 + 0.04110 + 0.00959 = 1.0507 Año 3: 1 + (15/365) + (0.25 x 16/365) = 1 + 0.04110 + 0.01096 = 1.0521 Año 4: 1 + (15/365) + (0.25 x 18/365) = 1 + 0.04110 + 0.01233 = 1.0534 Año 5: 1 + (15/365) + (0.25 x 20/365) = 1 + 0.04110 + 0.01370 = 1.0548 Años 6-10: 1 + (15/365) + (0.25 x 22/365) = 1 + 0.04110 + 0.01507 = 1.0562

Tabla de factor de integración por antigüedad (años 1 a 35)

Esta tabla usa los mínimos legales de 15 días de aguinaldo y 25% de prima vacacional. Los días de vacaciones siguen la escala reformada del artículo 76 de la LFT.

Años de antigüedad Días de vacaciones Factor de integración SDI para MX$500 diarios
1121.0493MX$524.66
2141.0507MX$525.34
3161.0521MX$526.05
4181.0534MX$526.71
5201.0548MX$527.40
6-10221.0562MX$528.08
11-15241.0575MX$528.77
16-20261.0589MX$529.45
21-25281.0603MX$530.14
26-30301.0616MX$530.82
31-35321.0630MX$531.51

Nota: a partir del año 6, la LFT reforma de 2022 aumenta 2 días de vacaciones por cada 5 años adicionales de antigüedad. Para antigüedades mayores a 35 años, el mismo patrón se mantiene: sumar 2 días de vacaciones cada 5 años.

Ejemplo completo: MX$15,000 de salario y 3 años de antigüedad

Trabajador con salario mensual de MX$15,000 y 3 años de antigüedad
Datos: Salario mensual: MX$15,000 Salario diario: $15,000 / 30 = MX$500 Antigüedad: 3 años (16 días de vacaciones por LFT) Aguinaldo: 15 días (mínimo legal) Prima vacacional: 25% (mínimo legal) Factor de integración: Parte aguinaldo = 15 / 365 = 0.04110 Parte prima vacacional = 0.25 x 16 / 365 = 0.01096 Factor = 1 + 0.04110 + 0.01096 = 1.0521 SDI: SDI = MX$500 x 1.0521 = MX$526.05 por día Tope IMSS (25 UMA): Tope = 25 x MX$113.14 = MX$2,828.50 SDI de MX$526.05 esta debajo del tope, aplica el SDI real. SDI topado para IMSS: MX$526.05 (no supera el tope) Cuota patronal IMSS estimada (mensual): Base mensual = MX$526.05 x 30 = MX$15,781.50 Enf. y mat. cuota fija: MX$526.05 x 30 x 20.40% IMSSS... Aproximado total patronal: ~MX$3,260 / mes Cuota obrera IMSS estimada (mensual): Aproximado total obrero: ~MX$390 / mes

¿Para qué sirve el SDI?

El SDI tiene tres aplicaciones concretas en la relación laboral mexicana:

1. Base de cuotas al IMSS

Todas las ramas del seguro social se calculan como un porcentaje del SDI. El artículo 106 de la LSS establece las tasas para enfermedad y maternidad (cuota fija más cuota proporcional), el artículo 147 para invalidez y vida, el artículo 211 para guarderías, y el artículo 168 para el seguro de retiro, cesantía y vejez (RCV). La suma de todas esas cuotas patronales representa entre el 20% y el 25% del SDI mensual, dependiendo del giro de la empresa.

2. Aportaciones al Infonavit

El artículo 29 de la Ley del Infonavit establece que el patrón debe aportar el 5% del SDI mensual a la subcuenta de vivienda del trabajador. Esta aportación también tiene como tope máximo 25 veces la UMA. Si tu SDI supera MX$2,828.50, el Infonavit solo recibe el 5% de ese tope (MX$141.43 diarios o MX$4,242.75 mensuales).

3. Liquidación por despido injustificado

Aquí está una diferencia clave respecto al IMSS. Cuando calculas la liquidación por despido injustificado (90 días de salario por indemnización constitucional y 20 días por año trabajado), la base no es el salario diario simple ni el SDI topado del IMSS. El artículo 89 de la LFT indica que la base para la liquidación es el salario integrado real, sin tope de 25 UMA. Por eso conviene siempre calcular ambas cifras: el SDI topado para el IMSS y el SDI sin tope para la liquidación.

Punto importante: Para la indemnización por despido, el tope de 25 UMA del IMSS no aplica. Si tu SDI sin tope es MX$4,000 y el SDI topado para IMSS es MX$2,828.50, tu liquidación se calcula sobre MX$4,000, no sobre el tope.

Tope de 25 UMA para el IMSS en 2026

El artículo 28 de la Ley del Seguro Social establece que el SDI máximo sobre el que se calculan las cuotas al IMSS equivale a 25 veces el valor de la UMA diaria. En 2026:

UMA diaria 2026: MX$113.14 Tope IMSS = 25 x MX$113.14 = MX$2,828.50 por dia Tope mensual = MX$2,828.50 x 30 = MX$84,855.00 por mes

Esto significa que un trabajador con salario mensual de MX$100,000 (salario diario de MX$3,333) tiene un SDI calculado muy por encima del tope. El IMSS aplica las cuotas solo sobre MX$2,828.50. Tanto el patrón como el trabajador pagan menos cuotas de lo que corresponde a ese ingreso real, pero también la pensión futura queda limitada.

Impacto en la pensión: Si tu SDI supera el tope de 25 UMA, tus semanas cotizadas se acumulan, pero las cuotas al seguro de retiro, cesantía y vejez (RCV) se basan en el tope. Esto limita el monto de tu pensión futura. Un trabajador con SDI de MX$5,000 cotiza exactamente igual al RCV que uno con SDI de MX$2,828.50.

Prestaciones que se integran al SDI

No todas las percepciones que recibes de tu patrón se integran al SDI. El artículo 27 de la LSS define qué se integra y qué no.

Percepción¿Se integra al SDI?
Aguinaldo (parte proporcional diaria)Sí, siempre
Prima vacacional (parte proporcional diaria)Sí, siempre
Días de vacacionesSí, la parte proporcional diaria
Comisiones habitualesSí, el promedio mensual
Prima dominical
Prima de asistencia y puntualidad
Vales de despensa (monto que excede el 40% de la UMA mensual)Sí, el excedente
Horas extra habitualesSí, el promedio
Fondo de ahorro (cuando supera el 13% del salario o patrón pone más)Sí, el excedente
Herramientas y útiles de trabajoNo
Viáticos con comprobanteNo
Gastos de representación comprobadosNo
Habitación y alimentación (si el trabajador paga al menos el 20%)No
Aportaciones al fondo de ahorro dentro del límite legalNo

Cuotas IMSS: patronal y obrera

Las cuotas al IMSS se dividen entre el patrón y el trabajador. La cuota del trabajador se descuenta directamente de su nómina. Estos son los porcentajes principales que aplican sobre el SDI (o sobre el SDI topado, si el SDI supera 25 UMA):

Ramo del seguroCuota patronalCuota obrera
Enf. y mat.: cuota fija (sobre 1 SML)20.40% sobre 1 SML0%
Enf. y mat.: excedente del SML1.10% sobre excedente0.40% sobre excedente
Enf. y mat.: prestaciones en especie pensionados1.05%0.375%
Enf. y mat.: prestaciones en dinero0.70%0.25%
Invalidez y vida1.75%0.625%
Guarderías y prestaciones sociales1.00%0%
Riesgos de trabajo (prima mínima)0.50%0%
Retiro (RCV, subcuenta retiro)2.00%0%
Cesantía y vejez3.150%1.125%
Infonavit5.00%0%

La cuota de riesgos de trabajo varía según la prima que el IMSS asigne a cada empresa de acuerdo con su siniestralidad. La prima mínima es 0.50% y la máxima es 15.00%. En la mayoría de las oficinas administrativas aplica la prima mínima o cercana a ella.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el SDI o Salario Diario Integrado en México?
El SDI (Salario Diario Integrado) es el salario base para calcular las cuotas al IMSS, las aportaciones al Infonavit y la liquidación en caso de despido. Se define en el artículo 84 de la Ley del Seguro Social como el salario diario más la parte proporcional diaria de todas las prestaciones que el trabajador recibe (aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, entre otras). La fórmula es SDI = salario diario x factor de integración.
¿Cómo se calcula el factor de integración del SDI?
El factor de integración se calcula sumando la proporción diaria de cada prestación. Con las prestaciones mínimas de ley: Factor = 1 + (días de aguinaldo / 365) + (prima vacacional x días de vacaciones / 365). Para un trabajador de 1 año con 15 días de aguinaldo, 12 días de vacaciones y 25% de prima vacacional, el cálculo es 1 + (15/365) + (0.25 x 12/365) = 1.0493.
¿Para qué sirve el SDI en México?
El SDI tiene tres usos principales. Primero, calcular las cuotas obrero-patronales al IMSS. Segundo, calcular las aportaciones al Infonavit (5% del SDI mensual). Tercero, servir de base para la liquidación por despido injustificado: los 90 días de indemnización constitucional y los 20 días por año de servicio se calculan sobre el SDI real, sin el tope de 25 UMA que aplica para las cuotas IMSS.
¿Cuál es el tope de SDI para el IMSS en 2026?
El tope máximo del SDI para calcular cuotas IMSS es de 25 veces la UMA diaria. En 2026, con UMA diaria de MX$113.14, el tope es de MX$2,828.50 por día. Si tu SDI calculado supera esa cifra, el IMSS aplica ese tope para las cuotas pero no para la liquidación por despido.
¿El SDI cambia cada año?
Sí, el SDI cambia en cada fecha de aniversario laboral del trabajador porque los días de vacaciones aumentan con la antigüedad. La LFT otorga 12 días el primer año, 14 el segundo, 16 el tercero, 18 el cuarto, 20 el quinto, y a partir del sexto suma 2 días por cada 5 años adicionales. Cada vez que sube el período vacacional, el factor de integración sube y por lo tanto el SDI también.
¿Qué prestaciones se integran al SDI?
Se integran todas las prestaciones regulares y permanentes: aguinaldo, prima vacacional, días de vacaciones, comisiones habituales, primas de asistencia y puntualidad, vales de despensa que superen el 40% de la UMA mensual, horas extra habituales y cualquier otra percepción ordinaria. No se integran herramientas de trabajo, viáticos con comprobante, gastos de representación documentados ni aportaciones al fondo de ahorro dentro de los límites legales.
¿Cuánto paga de IMSS una empresa por un trabajador con salario de MX$15,000?
Con un salario mensual de MX$15,000 (salario diario de MX$500) y 3 años de antigüedad, el SDI es de aproximadamente MX$526.05 diarios. La cuota patronal total aproximada al IMSS es de MX$3,200 a MX$3,500 mensuales dependiendo del ramo de actividad. La cuota obrera que se descuenta al trabajador es de aproximadamente MX$350 a MX$400 mensuales.
¿El SDI es lo mismo que el salario base de cotización (SBC)?
En la práctica, SDI y SBC son lo mismo. El artículo 27 de la LSS usa el término salario base de cotización, mientras que el artículo 84 lo define a partir del salario diario integrado. Ambos términos describen el mismo concepto: el salario diario más la parte proporcional diaria de las prestaciones, que es la base sobre la que se calculan todas las cuotas al IMSS.
MD
Lic. Mariana Delgado Ríos
Abogada Laboralista
Revisa el contenido legal y fiscal de esta calculadora según la LSS, la LFT y las cuotas IMSS vigentes en 2026.
Fuentes
  1. Ley del Seguro Social: Artículos 27, 28 y 84 (SDI, tope 25 UMA, integración de salario)
  2. Ley Federal del Trabajo: Artículos 76 (vacaciones), 80 (prima vacacional), 87 (aguinaldo), 89 (liquidación)
  3. INEGI: Unidad de Medida y Actualización (UMA) 2026, MX$113.14 diaria
  4. IMSS: Cuotas obrero-patronales 2026 (arts. 106, 147, 168, 211 LSS)
  5. Infonavit: Aportaciones patronales 5% del SDI (art. 29 Ley Infonavit)