Calculadora de Aguinaldo México 2026
Cuánto te debe pagar tu patrón antes del 20 de diciembre. Mínimo 15 días de salario por ley, con cálculo de ISR incluido y aguinaldo proporcional si no trabajaste el año completo.
Última actualización: 8 de abril de 2026 · Artículo 87 LFT · UMA 2026 vigente
Calcula tu aguinaldo
Ingresa tu salario y los días que trabajaste en el año. Todo se calcula en tu navegador, no guardamos nada.
¿Qué es el aguinaldo en México?
El aguinaldo es una prestación anual obligatoria que tu patrón debe pagarte antes del 20 de diciembre. Está en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo y aplica a todos los trabajadores con relación laboral subordinada, sin importar si son de planta, eventuales, sindicalizados o de confianza.
El mínimo por ley son 15 días de salario al año. Muchas empresas grandes pagan 20, 25 o hasta 30 días como prestación superior a la ley. Si tu contrato o el reglamento interior de tu empresa especifica una cantidad mayor, esa es la que se aplica.
Fórmula legal del aguinaldo
Para un año completo la fórmula es directa:
Si no trabajaste el año completo (entraste en marzo, saliste en julio, pediste permiso sin goce de sueldo, etc.), el aguinaldo se paga proporcional:
El salario diario se calcula dividiendo tu sueldo mensual entre 30. Si ganas MX$15,000 al mes, tu salario diario es MX$500.
Ejemplo real con salario de MX$15,000
Los primeros MX$3,394.20 de tu aguinaldo están exentos de ISR porque no rebasan las 30 UMA que marca el artículo 93 fracción XIV de la LISR. El excedente se grava con tu tasa marginal del mes, que depende de tu nivel de ingreso y del mecanismo del artículo 174 del RISR que aplique tu patrón.
Ejemplo con aguinaldo proporcional
Tabla rápida de aguinaldo bruto por salario (año completo, 15 días)
| Salario mensual | Salario diario | Aguinaldo bruto | Parte gravable | Parte exenta |
|---|---|---|---|---|
| $5,000 | $166.67 | $2,500 | $0 | $2,500 |
| $8,000 | $266.67 | $4,000 | $605.80 | $3,394.20 |
| $10,000 | $333.33 | $5,000 | $1,605.80 | $3,394.20 |
| $12,000 | $400.00 | $6,000 | $2,605.80 | $3,394.20 |
| $15,000 | $500.00 | $7,500 | $4,105.80 | $3,394.20 |
| $18,000 | $600.00 | $9,000 | $5,605.80 | $3,394.20 |
| $20,000 | $666.67 | $10,000 | $6,605.80 | $3,394.20 |
| $25,000 | $833.33 | $12,500 | $9,105.80 | $3,394.20 |
| $30,000 | $1,000 | $15,000 | $11,605.80 | $3,394.20 |
| $40,000 | $1,333.33 | $20,000 | $16,605.80 | $3,394.20 |
¿Cuándo se paga el aguinaldo?
El artículo 87 de la LFT es claro: el aguinaldo debe pagarse antes del 20 de diciembre de cada año. No se puede dividir en abonos fuera de esa fecha. Si tu empresa paga quincenal o mensual, el aguinaldo va aparte, no se mezcla con tu nómina normal.
Si sales de la empresa antes del 20 de diciembre (por renuncia, fin de contrato o despido), el aguinaldo proporcional se paga dentro de tu finiquito, calculado por los días trabajados en el año en curso hasta tu fecha de salida. Usa la calculadora de finiquito para ver cuánto te toca en total.
¿Qué pasa si mi patrón no paga el aguinaldo?
Es una violación directa a la LFT. El artículo 1002 establece multas de 50 a 5,000 veces la UMA por cada trabajador afectado. En 2026 eso significa multas de MX$5,657 a MX$565,700 por persona. Además tienes derecho a reclamar el pago completo más intereses.
Tus opciones para reclamar:
1. PROFEDET. La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo es gratuita. Te asesoran, te ayudan a conciliar con tu patrón y si no hay acuerdo te representan en tribunales sin costo. Llama al 800-911-7877 o revisa la guía completa de PROFEDET.
2. Centro de Conciliación Laboral. Desde la reforma laboral de 2019, antes de demandar tienes que intentar conciliación. Es un trámite de una sola audiencia.
3. Demanda laboral. Si no hubo conciliación, puedes demandar ante los Tribunales Laborales del Poder Judicial. Tienes 1 año desde que debieron pagarte (art. 516 LFT).
¿Quiénes tienen derecho al aguinaldo?
Todos los trabajadores con relación laboral subordinada. Esto incluye:
| Tipo de trabajador | ¿Le toca aguinaldo? |
|---|---|
| Empleados de planta | Sí, el 100% |
| Trabajadores de confianza | Sí, el 100% |
| Eventuales (por obra o tiempo determinado) | Sí, proporcional a los días trabajados |
| Sindicalizados | Sí, por ley y por contrato colectivo |
| Medio tiempo y horas reducidas | Sí, sobre su salario real |
| Comisionistas con relación laboral | Sí, sobre el promedio de comisiones |
| Honorarios asimilados a salarios | No por LFT, a menos que la empresa lo ofrezca por política |
| Independientes / freelancers con factura | No, no hay relación laboral |
| Socios o accionistas | No, salvo que tengan además relación laboral |
Aguinaldo y finiquito: ¿cómo se relacionan?
Si terminas tu relación laboral en cualquier momento del año, el aguinaldo proporcional forma parte de tu finiquito. No se pierde ni se condiciona a llegar a diciembre. La fórmula es la misma: (salario diario × 15 × días trabajados en el año) ÷ 365.
Por ejemplo, si renuncias el 15 de julio con salario de MX$15,000, tus días trabajados del 1 de enero al 15 de julio son 196. El aguinaldo proporcional que debe aparecer en tu finiquito es: (500 × 15 × 196) ÷ 365 = MX$4,027.40.
Si tu patrón no incluye este concepto en el finiquito, exige la corrección por escrito. Revisa la guía de qué debe incluir tu carta de finiquito antes de firmar nada.
ISR sobre el aguinaldo: cómo funciona
El aguinaldo tiene un régimen fiscal especial. La fracción XIV del artículo 93 de la LISR dice que están exentos los primeros 30 UMAs. En 2026, con UMA diaria de MX$113.14:
Todo lo que excede MX$3,394.20 se suma a tu ingreso gravable del mes de diciembre y se le aplica la tasa marginal correspondiente según las tablas del artículo 96 de la LISR. El cálculo exacto depende del mecanismo que use tu patrón (procedimiento del art. 174 RISR es el más común).
Si quieres entender cómo queda tu sueldo después del ISR, usa la calculadora de sueldo neto.
Preguntas frecuentes
- Ley Federal del Trabajo — Artículo 87 (aguinaldo) y 1002 (multas)
- SAT — Tablas de ISR art. 96 LISR 2026
- Ley del ISR — Artículo 93 fracción XIV (exención de 30 UMA)
- INEGI — Unidad de Medida y Actualización (UMA) 2026
- PROFEDET — Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo