Calculadora de Liquidación El Salvador 2026
¿Te despidieron o renunciaste? Calcula en 30 segundos cuánto te deben pagar según la ley laboral de El Salvador.
Última actualización: 30 de marzo de 2026
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¿Qué te corresponde al salir de un trabajo en El Salvador?
Cuando dejas de trabajar en El Salvador — ya sea por renuncia, despido o fin de contrato — tu empleador te debe pagar una liquidación que incluye varios conceptos según la ley laboral vigente (Código de Trabajo). Los montos varían según tu antigüedad, salario y motivo de salida.
Si el despido es sin justa causa, además de la liquidación normal te corresponde una indemnización adicional. La indemnización por despido sin justa causa es de 30 días de salario por cada año trabajado.
Salario mínimo en El Salvador 2026
El salario mínimo vigente en El Salvador para 2026 es de US$ 408,80 (comercio y servicios). Este valor se usa como referencia para el cálculo de prestaciones y beneficios laborales.
Cómo se calcula cada concepto de tu liquidación
En El Salvador la liquidación no es un solo número: es la suma de varias prestaciones que el Código de Trabajo regula por separado, cada una con su propia base legal y su propia fórmula. La indemnización del Art. 58 tiene un tope salarial que muchos trabajadores desconocen, mientras que el aguinaldo y las vacaciones proporcionales se calculan sobre tu salario real sin ese tope. Este desglose te sirve para revisar tu finiquito concepto por concepto.
| Concepto | Base legal | Cómo se calcula |
|---|---|---|
| Indemnización por despido sin causa | Art. 58 CT | 30 días de salario básico por cada año de servicio, y la parte proporcional por las fracciones de año. Nunca menos de 15 días. Aplica solo a contratos por tiempo indefinido. |
| Tope salarial de la indemnización | Art. 58 CT | Para el cálculo del Art. 58, el salario diario no puede exceder 4 veces el salario mínimo diario legal vigente. Este tope aplica solo a la indemnización, no al resto de las prestaciones. |
| Aguinaldo proporcional | Arts. 198 y 202 CT | Días según antigüedad (15 días con 1 a menos de 3 años, 19 días con 3 a menos de 10 años, 21 días con 10 años o más), ajustados en proporción a los meses trabajados en el año hasta el 12 de diciembre. |
| Vacación proporcional | Arts. 177 y 187 CT | 15 días de salario por año, más el recargo del 30% sobre esos días, ajustado a la proporción de meses trabajados desde tu último aniversario. |
| Salario pendiente | Art. 119 CT | Días efectivamente trabajados y no pagados hasta la fecha de salida: salario mensual ÷ 30 × días pendientes. |
Un detalle que cambia el monto: la indemnización del Art. 58 está exenta del Impuesto sobre la Renta y no lleva descuentos de AFP ni ISSS cuando se mantiene dentro de los límites legales. En cambio, el aguinaldo, la vacación y el salario proporcional sí están sujetos a los descuentos de ley. Por eso el neto que recibes puede diferir del total bruto que arroja la calculadora.
1. Indemnización (Art. 58): el tope es 4 × salario mínimo diario. El mínimo de comercio y servicios 2026 es US$ 408,80 al mes, es decir US$ 13,44 diarios (salario mensual × 12 ÷ 365); el tope es 4 × 13,44 = US$ 53,76. El salario de María (US$ 20) está por debajo del tope, así que se usa su salario real: 20 × 30 días × 4 años = US$ 2.400.
2. Aguinaldo proporcional: con 4 años le corresponden 19 días. Si salió habiendo trabajado 6 meses del año en curso: 20 × 19 × (6 ÷ 12) = US$ 190.
3. Vacación proporcional: 15 días + 30% equivale a 19,5 días al año. Por 6 meses: 20 × 19,5 × (6 ÷ 12) = US$ 195.
4. Salario pendiente: supongamos 10 días trabajados sin pagar: 20 × 10 = US$ 200.
Total estimado ≈ US$ 2.985, antes de los descuentos de ley sobre aguinaldo, vacación y salario. Es un cálculo estimado; el monto real depende de tu contrato, tu fecha exacta de salida y los descuentos aplicables.
Preguntas frecuentes sobre la liquidación en El Salvador
¿La indemnización por despido paga impuestos o descuentos de AFP e ISSS?
No. La indemnización del Art. 58 está exenta del Impuesto sobre la Renta y no se le descuentan cotizaciones de AFP ni ISSS, siempre que se mantenga dentro de los límites legales. El aguinaldo, la vacación y el salario proporcional sí están sujetos a los descuentos de ley.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar mi liquidación si me despidieron?
La acción por despido tiene un plazo de prescripción corto: 60 días corridos (calendario) contados desde la fecha de terminación del contrato, conforme al Art. 610 del Código de Trabajo. Pasado ese plazo puedes perder el derecho a reclamar la indemnización, por lo que conviene actuar rápido y acudir al Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
¿Existe un tope al salario que se usa para la indemnización?
Sí. Para calcular la indemnización del Art. 58, el salario diario no puede superar 4 veces el salario mínimo diario legal vigente. Si ganas mucho más que el mínimo, la indemnización se calcula sobre ese tope y no sobre tu salario completo. El tope aplica solo a la indemnización, no al aguinaldo ni a las vacaciones proporcionales.
¿Cuánto aguinaldo proporcional me corresponde según mi antigüedad?
El Art. 198 fija la prestación mínima por año completo: 15 días de salario si tienes de 1 a menos de 3 años de servicio, 19 días si tienes de 3 a menos de 10 años, y 21 días si tienes 10 años o más. Si sales antes del 12 de diciembre, el Art. 202 te da la parte proporcional según los meses trabajados en el año.
¿El salario mínimo es igual para todos los sectores en 2026?
No. Para 2026 siguen vigentes los montos del último ajuste: US$ 408,80 al mes en comercio, servicios e industria; US$ 402,26 en la maquila textil y confección; y US$ 272,72 en el sector agropecuario. El sector correcto importa porque fija el tope de tu indemnización.
Si renuncio, ¿pierdo la indemnización pero conservo lo demás?
Correcto. En una renuncia voluntaria no hay indemnización del Art. 58, pero sí conservas el salario pendiente, la vacación proporcional (con su recargo del 30%) y el aguinaldo proporcional. Existe además la figura de la renuncia con responsabilidad patronal (Art. 53), que en casos calificados sí genera una prestación económica.
Los montos aquí mostrados son estimados con base en el Código de Trabajo vigente y el salario mínimo 2026. No sustituyen la asesoría de un abogado laboralista ni un cálculo oficial del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.